La pieza del mes


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Portada del Informe para la Reforma de las leyes de inquilinato

En esta sección presentamos periódicamente algunos de los ejemplares más relevantes de las colecciones de nuestra Biblioteca y Archivo.

Si pensabais que el problema con los alquileres era un asunto relativamente reciente, hoy vamos a mostraros que esto ya ocurría en el siglo XIX...

El 25 de febrero de 1863, mediante Real orden, la reina Isabel II de España solicitó a la Real Academia de Ciencias morales y políticas un informe sobre la conveniencia de reformar la ley de inquilinatos de 9 de abril de 1842.

El origen de esta petición fueron varias quejas dirigidas a las Cortes por algunos industriales de Madrid y Barcelona, en las cuales se pide la reforma de la legislación vigente sobre inquilinatos, en el sentido de limitar la libre contratación de los arrendamientos de casas, a fin de remediar el abuso que hacen de sus facultades algunos propietarios”.

La Real Academia nombró una comisión formada por Florencio Rodríguez Vaamonde, Santiago de Tejada, Francisco de Cárdenas, Salustiano de Olózaga y Laureano Figueroa, que se encargó de redactar un documento que es la pieza que os presentamos este mes: Informe de la Real Academia de Ciencias morales y políticas sobre la reforma de las leyes de inquilinato y los medios de contener el aumento desproporcionado de los alquileres en los edificios.

En el informe se analizan las quejas, los abusos, las medidas propuestas y adoptadas en otros tiempos, se hace un análisis juridico-ecónomico de la legislación, se debate sobre la necesidad de reformar en parte la legislación y termina con un resumen de 15 puntos o propuestas y con el siguiente párrafo:

“La Academia no discurre providencias mas eficaces para remediar el mal que se lamenta, sin incurrir con ellas en otros mas graves inconvenientes. Las indicadas podrán no surtir su efecto tan pronto como fuera de desear, pero no hay mal que se cure radicalmente sin el auxilio del tiempo, ni remedio prudente que no necesite su ayuda para obrar sobre el enfermo. En el hombre, como en la sociedad, la fuerza de la naturaleza es el primer agente de su curación; las leyes económicas como las físicas, aun abandonadas a si mismas, pugnan siempre por el restablecimiento de la salud del paciente; la ciencia del médico, como la del legislador, consiste solo en ayudarlas en aquella saludable tendencia.”

Y como curiosidad, aquí podéis acceder a una selección de prensa de la época:

“El material de los gobiernos civiles ha recibido algún aumento que no debe estrañarse, porque la mayor parte están en casas que no pertenecen al Estado ó que están ruinosas, y en uno ó en otro caso el aumento de los alquileres y la necesidad de atender á su reparación, justifican los 6OO.OOO reales que se piden con este objeto” La Corona, 12/01/1861

“Sr. Olozaga: He pedido la palabra para presentar una esposición que más de 2.000 industriales y comerciantes de Barcelona dirigen al Congreso sobre la ley de inquilinatos…” El Día, 13/01/1861

“Despues de terminadas las casas nuevas de la Puerta del Sol, calle de Preciados y demás que comprende el proyecto de reforma, podrán colocarse en ellas mas de doscientas familias, las cuales, como es consiguiente, deben dejar vacantes otras tantas habitaciones. Si á este se agrega el que en diferentes puntos de la población se están acabando de construir otras muchas fincas particulares, algunas de grandes dimensiones, es natural que cese en breve la escasez que hay ahora de cuartos desalquilados, y por lo tanto, el pretesto de que se valen los caseros para subir arbitraria y escesivamente el precio de los inquilinatos” El Día, 19/01/1861

Sesión del Congreso celebrada el 16 de febrero de 1861 en la que se trata y discute la petición número 92: «Un considerable número de vecinos de Barcelona acuden can una instancia en solicitud de que el Congreso tome la iniciativa para la reforma de la actual legislacion, sobre inquilinato”
“Hace un año se presentó una peticion dé los vecinos de Madrid para que se hiciera Una ley que pusiera en armonía los intereses de la propiedad con los del inquilinato. Esta petición estaba en su lugar, y si á esto se redujera la de los industriales de Barcelona, yo no me opondría á ella; pero no es esto lo que se hace; los industriales de Barcelona vienen aquí con un proyecto de ley enteramente formulado”
El Día, 17/02/1861

“Hace mucho tiempo que están llamando la atención pública las desmedidas exigencias de los propietarios de casas en Madrid y otras grandes poblaciones de la Peninsula. El aumento de alquileres es tan exhorbitante, que las familias pobres no encuentran materialmente donde vivir, y aun las regularmente acomodadas tropiezan con tales dificultades para hallar vivienda de regulares condiciones de capacidad y salubridad, que el logro de sus deseos supone por lo menos el sacrificio de una tercera parte de sus rentas” Artículo de Francisco N. Villoslada para El Pensamiento, 01/02/1862

Texto: Ángeles Sanz Frías (Biblioteca Tomás Navarro Tomás)

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